¿Cuándo no es necesario entregar un finiquito?

Si llegaste hasta acá, lo más probable es que estés terminando la relación laboral con uno o varios trabajadores de tu empresa y tengas dudas sobre la entrega del finiquito.
De partida, es bueno recordar que el finiquito es la forma legal en la que un trabajador y su empleador ponen fin a su relación laboral y que tal como indica el artículo 177 del Código del Trabajo, hay que entregarlo al trabajador en los 10 días hábiles siguientes al día en el que se termina la relación laboral.
Si estás dentro de este período, todo bien.
Entonces… ¿Cuándo no es necesario entregar un finiquito?
Tal como indica la Dirección del Trabajo, según el inciso 1°del artículo 177 del Código del Trabajo tanto el finiquito como la renuncia y el mutuo acuerdo deben quedar por escrito. Además, es importante que estos documentos sean firmados y ratificados para que puedan ser usados por el trabajador posteriormente.
Pero es importante considerar que el inciso 7° del mismo artículo indica que no es necesario contar con estos documentos por escrito en el caso de contratos de duración no superior a 30 días a menos que el contrato se extienda por 30 o más días o que, vencido este plazo máximo, el trabajador continúe prestando servicios al empleador con su conocimiento.
En otras palabras...
- Si el contrato duró 30 días o menos porque era un contrato a plazo fijo
- O si duró 30 días o menos porque el trabajador renunció
No necesitas entregar finiquito.
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Es bueno saber qué debe ir en un finiquito y cómo se calcula pero eso no significa que sea necesario que lo hagas a mano, especialmente si tienes una gran cantidad de documentos que revisar.
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