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[2023] Sueldo mínimo en Chile: Todo lo que debes saber

Dani y Fer
Dani y Fer

Antes de hablar de cifras, queremos retroceder un poco en el tiempo y en la historia del sueldo mínimo en nuestro país 💰.

Hasta la década de 1970, el sueldo mínimo se calculaba en base a una fórmula que consideraba un “nivel de vida adecuado”, fijándose en forma local (en cada provincia) y por estamento (empleadores particulares, obreros, obreros agrícolas, etc).

Hoy en día, es la Ley 18.018 la que fija la fórmula del ingreso mínimo, el que es medido por la variación del Índice Mensual de Actividad Económica (Imacec) y que es aplicado a todos los colaboradores.

 

¿Qué es el sueldo mínimo?

Es la retribución mínima que debe recibir un trabajador por su labor realizada durante un periodo determinado de tiempo.

Este valor es un tema fundamental entre empleadores y colaboradores chilenos, ya que ambas partes deben tener un conocimiento claro sobre el monto mínimo a pagar y a recibir por las labores ejecutadas.

 

¿Cómo se determina el valor?

Se modifica a mediados de cada año, a partir de un proyecto de ley elaborado por el gobierno, luego de llegar a distintos acuerdos con empleadores y trabajadores, siempre velando por el bienestar de éstos.

 

¿Cuánto es el sueldo mínimo en Chile?

Desde el 1 de enero de este año, hubo un aumento del sueldo mínimo.

Actualmente es de $410.000 pesos chilenos, (habiendo aumentado en $10.000 pesos al valor del definido el año pasado).

 

¿Cuándo sube el sueldo mínimo?

Todos los años a mediados del año se establece el nuevo monto. Este 2023 en abril comenzará el proceso para establecerlo.

 

¿Y qué hay con las empresas?

Las MiPyME también estarán beneficiadas con este cambio. 

Pudiendo recibir un subsidio para el pago de los nuevos montos de Ingresos Mínimos Mensuales de sus colaboradores.

Este beneficio será aplicable a personas naturales y jurídicas (incluyendo cooperativas) que tengan ingresos anuales por ventas y servicios iguales o inferiores a 100.000 UF. 

El subsidio también se pagará a aquellas personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades, constituidas hasta el 30 de abril de 2022. Si no registran ingresos anuales por ventas y servicios, serán consideradas como microempresas para efectos de esta ley. 

El monto del subsidio por trabajador será de $22.000 pesos entre mayo y julio de 2022 y $26.000 pesos a partir de agosto de 2022.

 

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